Plazo del recurso de reposición: calcula tu fecha límite

El recurso de reposición (potestativo) se interpone ante el mismo órgano que dictó el acto. El plazo es de un mes desde el día siguiente a la notificación expresa, o de tres meses si hubo silencio administrativo.

Festivos y opciones

Se tienen en cuenta los festivos nacionales (incluido Viernes Santo). Añade los de tu comunidad o municipio:

Orientativo: comprueba siempre el plazo indicado en tu notificación. Nada se envía a ningún servidor.

Cómo se cuenta este plazo

El cómputo empieza el día siguiente a la notificación. Los plazos en meses se cuentan de fecha a fecha y los plazos en días hábiles excluyen sábados, domingos y festivos. Si el último día cae en inhábil, el plazo se prorroga al primer día hábil siguiente. Si te notificaron electrónicamente y no accediste, la notificación se entiende rechazada a los 10 días naturales.

Te recomendamos presentar el escrito con margen y guardar siempre el justificante. Tienes más herramientas en tramitelisto.es: Modelo de recurso de reposición.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para presentar un recurso de reposición?

Un mes desde el día siguiente a la notificación si la resolución es expresa; tres meses si se produjo silencio administrativo.

¿Es obligatorio el recurso de reposición?

No, es potestativo: puedes ir directamente a la vía contencioso-administrativa. Pero si lo interpones, no puedes acudir al juzgado hasta que se resuelva o se produzca silencio.

¿Cómo se cuenta un mes?

De fecha a fecha: si te notificaron el 5 de octubre, el plazo termina el 5 de noviembre. Si en el mes de vencimiento no existe ese día, termina el último día del mes.

¿Qué ocurre si me notificaron por sede electrónica y no accedí?

La notificación se entiende rechazada a los 10 días naturales de su puesta a disposición, y desde entonces corre el plazo. La calculadora tiene una opción para este caso.